​DIRECCIÓN DE VINCULACIÓN CON LA COMUNIDAD​

Misión

La misión de la Dirección de Vinculación con la Comunidad es fomentar la conectividad entre el Gobierno Autónomo Descentralizado de Guayaquil y las comunidades del Cantón en todas sus manifestaciones, expresiones y visualizaciones socio-culturales, a través del fomento de sus talentos y emprendimientos en virtud a un desarrollo justo, igualitario y equitativo de la colectividad, esfuerzo que encadena a los actores con los sectores ciudadanos, siempre en relación con las normas pertinentes, regulaciones vigentes y recursos disponibles, dentro de un parámetro de igualdad, libertad y justicia social.​

Visión

En el mediano y largo plazo la Dirección de Vinculación con la Comunidad, habrá promovido y fortalecido de forma sostenible y sustentable el desarrollo comunitario, vecinal, barrial y social a través de la capacitación del desarrollo personal, el espíritu de emprendimiento y de iniciativa comunitaria, la promoción de una construcción social vecinal en democracia con el fortalecimiento los valores cívicos, morales y del buen vivir, todo esto a través de las investigaciones técnicas correspondientes sobre necesidades y requerimientos comunitarios en el marco del ámbito competente de la Dirección, actualizando el registro de organizaciones y profundizando la promoción de los proyectos municipales y el marketing social, impulsando un ejercicio de desarrollo comunitario amplio, solidario e incluyente, en asociación y alianzas estratégicas con organismos locales, nacionales e internacionales, con la finalidad de consolidar una ciudadanía más activa y empoderada de sus deberes y de sus derechos en sociedad.

Funciones de la Dirección de Vinculación de la Comunidad

Art. 264.- Son funciones de la Dirección de Vinculación con la Comunidad, las siguientes:

  1. Mantener un registro de consejos barriales y casas comunales.
  2. Fomentar la vinculación ente el GADM-G y la comunidad.
  3. Fomentar la iniciativa de libre empresa en la comunidad.
  4. Promover el liderazgo en las comunidades.
  5. Promover el talento y desarrollo humano en las comunidades.
  6. Asistir a las organizaciones sociales y estructuras comunitarias en el establecimiento de sus requerimientos.
  7. Cumplir con las demás funciones determinadas en leyes, ordenanzas y reglamentos correspondientes; así como las que administrativamente dispusiere la máxima autoridad.