La Alcaldía de Guayaquil ha intensificado su campaña informativa, a través de mensajes masivos, para recordar a los contribuyentes la obligación de pagar el Impuesto de Patente Municipal, un tributo que grava las actividades comerciales, industriales, financieras, inmobiliarias o profesionales ejercidas de manera permanente dentro del cantón.
Este impuesto debe ser pagado por las personas naturales o jurídicas con establecimiento o domicilio en el cantón, incluso si su RUC se encuentra inactivo o suspendido, ya que deben cubrir los valores pendientes correspondientes a los años en los que mantuvieron actividad económica permanente.
La Municipalidad busca facilitar el cumplimiento de las declaraciones y el pago del Impuesto de Patente, además de evitar que los contribuyentes generen recargos adicionales innecesarios. A continuación, un ABC del impuesto:
¿Cuándo se debe pagar el Impuesto de Patente Municipal?
La patente debe declararse y pagarse hasta 30 días después de la fecha límite establecida para la declaración del Impuesto a la Renta.
¿Desde cuándo se cobra la patente?
El cobro del Impuesto de Patente Municipal se encuentra vigente desde la publicación de la Ley Orgánica de Régimen Municipal, en 1971. Posteriormente, este tributo se ha mantenido conforme a lo establecido en el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (COOTAD).
En su artículo 547 se dispone que están obligadas a obtener la patente y, por tanto, a pagar anualmente este impuesto, las personas naturales o jurídicas, sociedades nacionales o extranjeras que estén domiciliadas o tengan establecimiento dentro de la respectiva jurisdicción municipal o metropolitana y que ejerzan de manera permanente actividades comerciales, industriales, financieras, inmobiliarias o profesionales.
¿Cómo se puede pagar la patente?
El cumplimiento de la obligación tributaria correspondiente a la Patente Municipal puede realizarse mediante un pago único anual o a través de facilidades de pago, abonando el 20% como cuota inicial y amortizando el saldo restante.
Para acceder a esta modalidad, la obligación pendiente debe ser superior a un Salario Básico Unificado (SBU) USD 482, de conformidad con lo establecido en el Código Tributario. El trámite se inicia con la presentación formal de la solicitud ante la Dirección General Financiera – Rentas.
¿Qué valor debe pagar por concepto del Impuesto de Patente Municipal en el cantón Guayaquil si tiene el RUC inactivo o suspendido?
La obligación tributaria por concepto del Impuesto de Patente Municipal está directamente vinculada a la existencia de un establecimiento o al ejercicio de una actividad económica dentro del cantón Guayaquil.
Por lo tanto, el contribuyente debe cumplir con el pago de este impuesto desde el año en que inició sus actividades (apertura del RUC) hasta el año en que se registró su inactivación o suspensión.
En consecuencia, aun cuando el RUC se encuentre actualmente inactivo o suspendido, el contribuyente deberá cancelar los valores pendientes por concepto de patente municipal correspondientes a los años en los que mantuvo vigente su actividad económica permanente en el cantón.
¿En qué caso opera la prescripción y cómo se realiza?
La prescripción debe ser solicitada expresamente por el contribuyente. Para facilitar este proceso, la Municipalidad ha implementado una opción en su página web que permite aplicar la prescripción de manera inmediata.
Cabe señalar que los valores correspondientes al Impuesto de Patente de los años 2021 al 2026 no se encuentran prescritos. En cambio, las obligaciones anteriores al año 2020 ya se encuentran prescritas.
Si mantengo el RUC aperturado y no he realizado actividad económica dentro del cantón Guayaquil, ¿debo pagar la patente?
En este caso, el contribuyente debe presentar un requerimiento solicitando que se le declare como No Sujeto Pasivo a través de la página web municipal: Servicios en línea – Trámites – Reclamos administrativos tributarios – Aplicación legal.
Para ello deberá consignar los datos y la información que considere pertinente para sustentar su solicitud.
¿Cómo conocer cuánto adeuda y cómo declarar y pagar?
Debe ingresar a http://www.guayaquil.gob.ec, seleccionar la opción “Pago de Tributos” y elegir “Impuesto Patente Municipal”.
Luego deberá crear un usuario y una contraseña. Una vez validado el registro, deberá seleccionar la actividad económica y realizar la liquidación. Este proceso reflejará el valor total a pagar a la fecha de generación del Código Electrónico de Pago (CEP). Al tratarse de una deuda tributaria, los valores pueden variar mensualmente según lo dispuesto en el Código Orgánico Tributario.
El siguiente paso es aceptar la liquidación, lo que generará el Código Electrónico de Pago (CEP) para realizar el pago en línea, en agencias bancarias con convenio con el Municipio, auxiliares financieros o en las ventanillas de recaudación del Cabildo.
Se mantienen los mismos canales externos de pago: Banco del Pacífico, Produbanco, Banco Bolivariano, Banco Guayaquil, Banco Solidario y Banco Pichincha, además de los servicios de Representaciones Ordóñez y Negrete S.A. (REPORNE), Transferunion – Western Union, Cooperativa Nueva Huancavilca y los botones de pago Kushki y Diners Club.