Así lo establece el COE Nacional, desde el pasado 6 de abril, institución que exceptúa los vehículos destinados para los servicios de salud, seguridad, alimentación, emergencia de servicios básicos, sectores estratégicos, servicios financieros, comunicación y prensa y las cadenas de exportación.
Quien incurra en la contravención de esta restricción será sancionado con el 50% de un Salario Básico Unificado (200 dólares) y la reducción de 9 puntos a la licencia de conducir.
Adicionalmente, los vehículos que sean retenidos serán enviados de manera aleatoria, a los cuatro Centros de Retención Vehicular de la ATM, los mismos que están ubicados en la vía Daule, Vergeles, Fertisa y canchón provisional dispuesto frente a la Terminal Terrestre de Guayaquil.