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Carros y motocicletas cuyo último digito de la placa termina en 9 y 0 son los autorizados para circular hasta las 14h00 ...

Así lo establece el COE Nacional, desde el pasado 6 de abril, institución que exceptúa los vehículos destinados para los servicios de salud, seguridad, alimentación, emergencia de servicios básicos, sectores estratégicos, servicios financieros, comunicación y prensa y las cadenas de exportación.

Quien incurra en la contravención de esta restricción será sancionado con el 50% de un Salario Básico Unificado (200 dólares) y la reducción de 9 puntos a la licencia de conducir.

Adicionalmente, los vehículos que sean retenidos serán enviados de manera aleatoria, a los cuatro Centros de Retención Vehicular de la ATM, los mismos que están ubicados en la vía Daule, Vergeles, Fertisa y canchón provisional dispuesto frente a la Terminal Terrestre de Guayaquil.​