Dirección de Bienestar Animal
Misión
Proteger los animales domésticos ligado a las razones de Salud Pública.
Funciones de la Dirección de Bienestar Animal
Art. 268.- Son funciones de la Dirección de Bienestar Animal, las siguientes:
- Planificar, coordinar, dirigir y supervisar el desarrollo de los procesos administrativos y operativos de la Dirección de Bienestar Animal.
- Planificar, coordinar, dirigir y controlar el censo de animales de compañía.
- Planificar, gestionar y coordinar los planes y proyectos en beneficio de las mascotas, mediante convenios insterinstitucionales.
- Planificar, coordinar, dirigir y ejecutar los programas anuales de tratamientos médicos veterinarios preventivos y curativos en las áreas clínica y quirúrgica, que pudieran precisar.
- Coordinar y supervisar la promoción y realización de campañas de esterelización masivas.
- Desarrollar y ejecutar proyectos de educación y concientización en bienestar animal.
- Velar por el cumplimiento de la Ordenanza de apoyo a la protección integral de los animales de compañía.
- Las que le sean expresamente delegadas por el Alcalde.