En uso de las atribuciones y facultades que le confiere el art. 64 numeral 49 y en el art. 126 de la Ley Orgánica de Régimen Municipal y en concordancia con el art. 228 de la Constitución Política de la República del Ecuador. Se expide la “Ordenanza que regula la protección, tenencia, control, comercialización y cuidado de animales de compañía, así como aquellos que se utilizan en espectáculos públicos, dentro del cantón Guayaquil”.