QUE, la Convención sobre los Derechos del Niño suscrita y ratificada por el Ecuador en todo su articulado, establece el respeto y adopción de medidas y recursos para el efectivo cumplimiento de los derechos reconocidos en la mencionada Convención, así como la responsabilidad estatal para adecuar su legisiación y organización institucional a la Doctrina de Protección Integral a la niñez y adolescencia;
- Formulario de postulación, conforme el Anexo 1 de la presente Ordenanza de Reconocimientos Ambientales;
- Copia simple de la cédula de ciudadanía o el RUC
- Copia simple del nombramiento y de la cédula de ciudadanía del representante legal, para el caso de personas jurídicas.
- Carta de autorización para la postulación, debidamente suscrita por el representante legal de la empresa para el caso de personas jurídicas
- Copia de permisos vigentes, según corresponda;
- Para las postulaciones grupales, comunicación suscrita por los postulantes en la que se designe la persona que receptará las comunicaciones posteriores y los fondos, en caso de resultar ganadores.