El M.I. Concejo Cantonal de Guayaquil en ejercicio de la facultad legislativa prevista en el artículo 240 de la Constitución de la República, en armonía con lo previsto en los artículos 7 y 57 letra a) del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, expide La siguiente Ordenanza Reglamentaria del Talento Humano del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Guayaquil.