QUE, con fecha 20 de septiembre de 2007 entra en vigencia la «ORDENANZA DE REGULARIZACIÓN URBANÍSTICA DEL SECTOR DENOMINADO URBANOR», la cual establece las normas urbanísticas del lugar, formando parte de ella el Plano General de los Terrenos y sus afectaciones. En sus artículos 1 y 6 se señaló como Área Cedida al Municipio (A.C.M) el Área de Bosque y Vegetación Protectores denominado «El Sendero de Palo Santo» con 4,63 hectáreas;
- Formulario de postulación, conforme el Anexo 1 de la presente Ordenanza de Reconocimientos Ambientales;
- Copia simple de la cédula de ciudadanía o el RUC
- Copia simple del nombramiento y de la cédula de ciudadanía del representante legal, para el caso de personas jurídicas.
- Carta de autorización para la postulación, debidamente suscrita por el representante legal de la empresa para el caso de personas jurídicas
- Copia de permisos vigentes, según corresponda;
- Para las postulaciones grupales, comunicación suscrita por los postulantes en la que se designe la persona que receptará las comunicaciones posteriores y los fondos, en caso de resultar ganadores.