El M.I Concejo Cantonal de Guayaquil, en uso de las facultades de que se halla investido, conforme a lo señalado en los artículos 64 numeral 49 y 135 de la Ley de Régimen Municipal. Expide la “Segunda Ordenanza que reforma la disposición transitoria de la Ordenanza que reglamenta la recolección, transporte y disposición final de aceites usados”.