QUE, en el año 1962 entró en operación el Puerto Marítimo de Guayaquil, para lo cual se habilitó un Canal de Acceso de 94 kilómetros de longitud, con la debida señalización náutica y balizamiento, canal que inicia en la Boya de Mar y concluye en la Boya 88 hasta los muelles de la Autoridad Portuaria de Guayaquil;
- Formulario de postulación, conforme el Anexo 1 de la presente Ordenanza de Reconocimientos Ambientales;
- Copia simple de la cédula de ciudadanía o el RUC
- Copia simple del nombramiento y de la cédula de ciudadanía del representante legal, para el caso de personas jurídicas.
- Carta de autorización para la postulación, debidamente suscrita por el representante legal de la empresa para el caso de personas jurídicas
- Copia de permisos vigentes, según corresponda;
- Para las postulaciones grupales, comunicación suscrita por los postulantes en la que se designe la persona que receptará las comunicaciones posteriores y los fondos, en caso de resultar ganadores.