El M.I Concejo Municipal de Guayaquil, en ejercicio de la facultad normativa que confiere el artículo 240 de la Constitución de la República, en concordancia con lo establecido en los artículos 57 letras a) – y) del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización. Expide la “Reglamentación para la recuperación de las inversiones realizadas por regeneración urbana en determinados sectores de la ciudad en los años 2012 -2013”.
- Formulario de postulación, conforme el Anexo 1 de la presente Ordenanza de Reconocimientos Ambientales;
- Copia simple de la cédula de ciudadanía o el RUC
- Copia simple del nombramiento y de la cédula de ciudadanía del representante legal, para el caso de personas jurídicas.
- Carta de autorización para la postulación, debidamente suscrita por el representante legal de la empresa para el caso de personas jurídicas
- Copia de permisos vigentes, según corresponda;
- Para las postulaciones grupales, comunicación suscrita por los postulantes en la que se designe la persona que receptará las comunicaciones posteriores y los fondos, en caso de resultar ganadores.