Que desde el 16 de junio del 2003, mediante publicación en el Registro Oficial No. 104 del lunes 16 de junio del 2003, tiene vigencia la “ORDENANZA PARA LA INSTALACIÓN DE RÓTULOS PUBLICITARIOS EN EL CANTÓN GUAYAQUIL”; cuya finalidad es la de contar con normas que específicamente regulen las condiciones técnicas y jurídicas para la instalación de rótulos publicitarios, de tal forma que no se afecte el ornato de la ciudad y el derecho de vista de los vecinos del cantón.
- Formulario de postulación, conforme el Anexo 1 de la presente Ordenanza de Reconocimientos Ambientales;
- Copia simple de la cédula de ciudadanía o el RUC
- Copia simple del nombramiento y de la cédula de ciudadanía del representante legal, para el caso de personas jurídicas.
- Carta de autorización para la postulación, debidamente suscrita por el representante legal de la empresa para el caso de personas jurídicas
- Copia de permisos vigentes, según corresponda;
- Para las postulaciones grupales, comunicación suscrita por los postulantes en la que se designe la persona que receptará las comunicaciones posteriores y los fondos, en caso de resultar ganadores.