Procesos CONPCO-MIMG-001-2018: RESOLUCIÓN DE INICIO

QUE la Constitución del Ecuador y el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (CoOTAD) contemplan en sus articulos 264 numeral 7 y 55 letra g). respectivamente, la competencia exclusiva que tienen los Gobiernos Autónomos Descentralizados Municipales para planificar, construir y mantener los espacios püblicos destinados al desarrollo social. Dicha competencia vinculada directamente con las funciones del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal relacionadas con la promoción de las actividades turisticas y recreativas del cantón previstas en las letras g) y q) del articulo 54 del CoOTAD, representa además la realización del derecho ciudadano a la recreación y esparcimiento consagrado en el articulo 24 de la Constitución del Ecuador, cuyo efectivo cumplimiento por parte de las instituciones públicas se complementa con la acción de los particulares.