QUE, de conformidad con lo establecido en el Art. 72 numeral 34 de la Ley Orgánica de Régimen Municipal es atribución y deber del Alcalde presentar al Concejo para su estudio y aprobación proyectos de Ordenanzas, Reglamentos, Acuerdos o Resoluciones necesarios para el progreso del Cantón y para la racionalización y eficiencia de la administración;
- Formulario de postulación, conforme el Anexo 1 de la presente Ordenanza de Reconocimientos Ambientales;
- Copia simple de la cédula de ciudadanía o el RUC
- Copia simple del nombramiento y de la cédula de ciudadanía del representante legal, para el caso de personas jurídicas.
- Carta de autorización para la postulación, debidamente suscrita por el representante legal de la empresa para el caso de personas jurídicas
- Copia de permisos vigentes, según corresponda;
- Para las postulaciones grupales, comunicación suscrita por los postulantes en la que se designe la persona que receptará las comunicaciones posteriores y los fondos, en caso de resultar ganadores.