QUE, el Concejo Cantonal, de acuerdo con el artículo 63 numerales 1 y 49 de la Codificación de la Ley Orgánica de Régimen Municipal ejerce facultad legislativa cantonal, lo cual es concordante con el articulo 228 párrafo segundo de la Carta Política;
- Formulario de postulación, conforme el Anexo 1 de la presente Ordenanza de Reconocimientos Ambientales;
- Copia simple de la cédula de ciudadanía o el RUC
- Copia simple del nombramiento y de la cédula de ciudadanía del representante legal, para el caso de personas jurídicas.
- Carta de autorización para la postulación, debidamente suscrita por el representante legal de la empresa para el caso de personas jurídicas
- Copia de permisos vigentes, según corresponda;
- Para las postulaciones grupales, comunicación suscrita por los postulantes en la que se designe la persona que receptará las comunicaciones posteriores y los fondos, en caso de resultar ganadores.