La Dirección de Control de Edificaciones, Catastro, Avalúos y Control Minero del Municipio de Guayaquil (DECAM) informa a los propietarios de predios privados que tengan diferencias o excedentes en sus terrenos, en comparación con el área que consta en sus escrituras, que pueden realizar el trámite de Rectificación de linderos y mesuras a través de la Ventanilla Universal o por https://sgtm.guayaquil.gob.ec/ConsultasWeb .
Esto es posible luego de que entró en vigencia la Ordenanza sustitutiva que regula a los excedentes o diferencias de terrenos de propiedad privada. Su objetivo fue establecer los nuevos porcentajes de error técnico aceptable de medición y el procedimiento para la rectificación de esas diferencias de superficies provenientes de los errores de cálculo o de medidas, con el fin de enmendar el territorio y otorgar seguridad jurídica a los propietarios de los bienes inmuebles, explicó la DECAM.
Se pueden acoger a esta ordenanza las personas que tengan incongruencias entre las escrituras inscritas y catastradas y la realidad del lote in situ. Estas diferencias pueden ser de menor o mayor área. Si el área es menor o mayor, siempre y cuando no exceda el porcentaje de error técnico en relación al título de propiedad, se deberá hacer una rectificación (validación). Si es mayor y supera el error técnico se denomina compra de excedente, detalló el director de Control de Edificaciones, Christian Ponce.
El funcionario agregó que “se reformó la (ordenanza) para establecer un error técnico más real, partiendo actualmente con un 2.5% y un máximo del 4% en cada caso, el mismo va ligado a los metros cuadrados de lote; a mayor metraje mayor el porcentaje de error posible”.
Los nuevos porcentajes de error técnico son:
Área de lote o terreno | Porcentaje (%) de error técnico aceptable de medición | |
---|---|---|
Desde (m2) | Hasta (m2) | |
0 | 10.000 | 2,50% |
Más de 10.000 | 50.000 | 3,00 % |
Más de 50.000 | 100.000 | 3,50 % |
Más de 100.000 | En adelante | 4,00 % |
Área de lote o terreno | Porcentaje (%) de error técnico aceptable de medición | |
---|---|---|
Desde (há) | Hasta (há) | |
– | 50.00 | 0.25% |
Más de 50.00 | 100.00 | 0,30 % |
Más de 100.00 | 500.00 | 0,35 % |
Más de 100.000 | En adelante | 0,40 % |
Para mayor información, los interesados pueden escribir al correo de la Mesa de Servicios Integrados de la DECAM [email protected]