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Plazo para la regularización de construcciones se extenderá hasta finales de este año

Los propietarios de predios que realizaron ampliaciones antes de agosto de 2020 o que requieren actualizar el uso de suelo por actividades comerciales preexistentes podrán hacerlo hasta finales de este año. Así lo aprobó, en primer debate, el Concejo Cantonal el pasado jueves.
 
Los interesados pueden iniciar el trámite de inmediato. La Dirección de Control de Edificaciones, Catastro, Avalúo y Control Minero (DECAM) ya ha concluido exitosamente 14.000 trámites de regularización.
 
Uno de los beneficiados es el ingeniero César Martínez, propietario de una casa en la ciudadela IETEL. Él regularizó el techo que construyó en su terraza y la cubierta de su garaje. “Esto lo quiero dejar a mis hijos como herencia, que ellos tengan una propiedad regularizada y que no tengan ningún contratiempo ni problemas en el futuro”, concluyó Martínez.
 
Evitar multas, facilitar la venta o adquisición de hipoteca de las propiedades son algunos de los beneficios para quienes acceden a la regularización. Hay casos de propietarios que hicieron aumentos en sus predios, pero que no constan en las escrituras, por lo que el bien no tiene un valor real. La regularización corrige esta anomalía.
 
No es difícil el trámite como tal, por tal razón solicitamos que acudan a la Dirección municipal para absolver cualquier duda que tengan sobre el caso”, señaló Fernando Suárez, titular de la DECAM. Esta dirección dispone de una mesa de atención al usuario, en el mezanine del Municipio (entrando por 10 de Agosto) para responder, sin costa, dudas de los ciudadanos.
 
La ordenanza establece pagos reducidos para acceder a la regularización. El valor depende de las dimensiones de la propiedad. Por ejemplo, quienes tengan menos de 500 metros cuadrados de construcción cancelarán el 10% de un Salario Básico Unificado (USD 45), una vez concluido el trámite.
 
Para construcciones más grandes, los valores varían. En el caso de quienes requieren actualizar el uso de suelo deben demostrar que la actividad tiene más de cinco años. No podrán acoger al beneficio los establecimientos dedicados a las casas de citas, cabarets, prostíbulos, billares, bares, discotecas, antenas, radiobases, letreros en general o similares.
 
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