Trámites de Regularización Ambiental

Trámites de Regularización Ambiental

¡Explora nuestros Trámites de Regularización Ambiental de manera sencilla y eficiente! En nuestra página, encontrarás una lista completa de trámites disponibles. Selecciona el que necesitas, despliega la información detallada haciendo clic en las flechas. También encontrarás una guía de preguntas frecuentes sobre estos trámites.

Licencia ambiental

Los requisitos para obtener una licencia ambiental, son:

  1. Revisión del diagnóstico ambiental e información preliminar por parte de la entidad (La tarea aparece una vez finalizado el registro de la información preliminar).
  2. En caso de no requerir cargar Inventario forestal o Registro de generador de desechos peligrosos, continua con la cargar del estudio de impacto ambiental.
  3. Revisión del Estudio de Impacto Ambiental (una vez emitido el pronunciamiento técnico favorable, inicia el proceso de participación ciudadana).
  4. Solicitud de Facilitador Ambiental.
  5. Desarrollo del proceso de participación ciudadana.
  6. Pagos de tasa y entrega de garantías o pólizas.
  7. Emisión de la Licencia ambiental.

Recuerde: Conforme el Art. 18 de la Ordenanza que regula los procesos relacionados con la Prevención, Control y Seguimiento de la Contaminación Ambiental dentro de la jurisdicción del cantón Guayaquil publicado en la gaceta No. 71 de noviembre 29 del 2017, es responsabilidad del promotor asegurarse que el Uso de Suelo sea factible para el desarrollo de su proyecto, obra o actividad.

Para la emisión de la licencia ambiental en el sector Minero e Hidrocarburífero se procederá conforme el marco legal sectorial aplicable.

Para acceder a la obtención de la Licencia Ambiental requiere de un consultor o consultora acreditada.

  1. La reunión de coordinación para el Proceso de Participación Ciudadana puede realizarse de forma presencial o virtual (correo para coordinación: [email protected]).
  2. Los actores que obligatoriamente deben participar en la reunión de coordinación son: el facilitador designado, representante del Municipio de Guayaquil, el Proponente del Proyecto, el Consultor ambiental del proyecto.

Temas que se deben abordar en la reunión de coordinación

  1. Visita previa del facilitador al área de influencia directa.
  2. Definir los mecanismos, los medios de convocatoria, los formatos de las invitaciones a entregar a los actores sociales.
  3. Cumplimiento del protocolo de bioseguridad para el proceso de participación ciudadana.

Al Culminar la reunión de coordinación, se registra mediante un acta y firmas de los participantes.

El informe de planificación debe contener todo lo que se definió en la reunión de coordinación para el proceso de participación ciudadana.

Recuerde:

Conforme al Art. 477. Informe de planificación del proceso de participación ciudadana. – “Finalizada la visita previa, el facilitador ambiental designado presentará el informe de planificación del proceso de participación ciudadana y consulta con los debidos medios de verificación.”

Nota: Desde la designación del facilitador hasta la emisión de la evaluación del informe de planificación del proceso de participación ciudadana, la Autoridad Ambiental Competente notificará al proponente hasta un plazo de 15 días máximo.

El informe de sistematización debe contener todo el proceso de participación ciudadana.

Recuerde:

Conforme al Art. 480. Informe de sistematización. – “El facilitador ambiental elaborará el informe de sistematización del proceso de participación ciudadana con los respectivos medios de verificación.”

Nota 1: Desde la notificación al proponente del Informe de Planificación del Proceso de Participación Ciudadana por parte de la Autoridad Ambiental Competente, hasta la emisión del informe de sistematización por parte del facilitador ambiental, tendrá un máximo de 25 días para entregar el informe.

Nota 2: La Autoridad Ambiental competente notificará al proponente el pronunciamiento de la evaluación del informe de sistematización en un plazo máximo de 10 días.

Pago de tasas por Licencia Ambiental

Los pagos de tasas se deberán realizar en el Banco BanEcuador a la cuenta corriente No. 3001186771 a favor del G.A.D. Municipal de Guayaquil, Sublínea #130205.

Pago para facilitadores

Los pagos de tasas se deberán realizar en el Banco BanEcuador a la cuenta No. 3001174975 a favor del Ministerio del Ambiente del Ecuador Sublínea # 370102.

Pago por la tasa de servicios del Facilitador Ambiental para el Proceso de Participación ciudadana corresponde al valor fijo de USD 1500.00 + IVA.

Procesos de Participación Social

Conoce los procesos de participación social en desarrollo.

Registro ambiental

  1. Revisión del diagnóstico ambiental por parte de la entidad, aplica en el caso que el proyecto, obra o actividad inicie su regulación desde la fase de operación. (La tarea aparece una vez finalizado el registro de la información preliminar).
  2. Pago y validación de la tasa por emisión del permiso.
  3. Firma del Registro Ambiental por parte de la entidad.
  4. Descargar el Registro Ambiental por parte del operador.

Pago

Los pagos de tasas se deberán realizar a la siguiente cuenta:

  • BANCO BANECUADOR
  • Tipo: Cuenta Corriente
  • Número: 3001186771
  • G.A.D. Municipal de Guayaquil
  • Sublínea #130205

Validación del Pago: Para efectos de la validación del pago en el sistema, remitir al correo electrónico [email protected], copia del comprobante de pago; posteriormente en el lapso mínimo de 72 horas ingresar el código de referencia del comprobante de pago, para finalizar la tarea de validación en el sistema.

Nota 1: El Registro Ambiental se emite para el proyecto, obra o actividad calificado como de bajo impacto y su obtención es obligatoria. El costo de la emisión corresponde a USD 180.00 (Tiene un costo adicional si existe remoción de cobertura vegetal nativa).

Certificado ambiental

  1. Descargar guía y enviar (La tarea aparece una vez finalizado el registro de la información preliminar).
  2. Se firma el Certificado Ambiental por parte de la entidad.
  3. Se realiza el llenado de la encuesta y descargar el Certificado Ambiental.

Nota: El Certificado Ambiental se emite para el proyecto, obra o actividad calificado como impacto no significativo, su obtención no es obligatoria y no tiene costo, el documento es otorgado por la Autoridad Ambiental Competente y este certifica que el operador ha cumplido con el proceso de registro en la plataforma SUIA.

En este enlace, encontrará un video interactivo con el detalle del paso a paso de lo antes descrito.

Registro información preliminar (SUIA)

  1. Debes ingresar a la página web: http://suia.ambiente.gob.ec ó al enlace directo.
  2. Crear el usuario y obtener la contraseña como operador del proyecto, obra o actividad a regular.
  3. Acceder al sistema con su usuario y la contraseña.
  1. Acceder al sistema con su usuario y la contraseña.
  2. Seleccionar la opción “Proyecto Nuevo” o “Proyecto en Operación”.
  3. Realiza el llenado del formulario conforme lo solicita el sistema.
  4. Verificar la información registra, en caso de error puede modificar la información, proceder a seleccionar finalizar y aceptar.
  5. En la bandeja de tareas aparecerá la tarea de descargar documentación, aceptar la responsabilidad y enviar.

IMPORTANTE: Para los proyectos, obras o actividades, catalogadas como de mediano o alto impacto, la información preliminar registrada será validada por la entidad competente a cargo del proceso de regulación ambiental.

Modificatorias y extinciones de permisos ambientales

Presentar un oficio o petición debidamente motivada y suscrita por el representante legal, donde adjunte lo siguiente:

  1. Oficio donde se aprueba el Plan de Cierre y abandono.
  2. Copia de cédula del representante legal.
  3. Copia de nombramiento del representante legal.
  4. RUC.

Nota: El acto administrativo extinguirá las obligaciones derivadas de las autorizaciones administrativas ambientales concedidas sobre el proyecto, obra o actividad en cuestión, sin perjuicio de las obligaciones de reparación integral que puedan subsistir.

Presentar un oficio o petición debidamente motivada y suscrita por el representante legal, donde adjunte lo siguiente:

  1. Escritura pública de cesión de derechos.
  2. Copia de cédula del representante legal.
  3. Copia de nombramiento del representante legal.
  4. RUC.
  5. Adjuntar medio de verificación de estar al día con las obligaciones derivadas a la Autorización Administrativa.

Nota: El cambio de titular no implica la extinción de responsabilidades administrativas, civiles o penales del cedente y cesionario.

Presentar un oficio o petición debidamente motivada y suscrito por el representante legal, donde solicite la unificación, adjuntando lo siguiente:

  1. Presentar la actualización del certificado de intersección, plan de manejo ambiental y póliza de responsabilidad ambiental.
  2. Ruc.
  3. Copia de cedula y Papeleta de Votación.
  4. Copia de Nombramiento del representante legal.

Nota: Las obligaciones pendientes de las autorizaciones administrativas ambientales previas a la unificación, serán incluidas en la nueva autorización administrativa ambiental.

Para la unificación de autorizaciones administrativas de proyectos, obras o actividades a unificar, el operador y el objeto de los proyectos a integrarse deben ser los mismos y las áreas regularizadas deber ser colindantes.

La compañía debe registrar las actividades que en su momento fueron reguladas, en el simulador Regularización Ambiental de la Pagina SUIA, en el siguiente enlace, para determinar qué categoría le corresponde.

Si la actividad registrada aplica para recategorización el promotor deberá presentar a la Dirección de Ambiente, Sostenibilidad y Cambio Climático.

  1. Oficio de petición donde indiquen los fundamentos de hecho y derecho que motivan su solicitud.
  2. Adjuntar medio de verificación de estar al día con las obligaciones derivadas a la Autorización Administrativa.

Además de adjuntar los siguientes documentos:

  • Ruc.
  • Copia de cedula y Papeleta de Votación.
  • Copia de Nombramiento del representante legal.

Los operadores que cuenten con una autorización administrativa ambiental de mediano o alto impacto, y desean adicionar actividades de bajo impacto en el área de implantación del proyecto, deberán notificar a la Autoridad Ambiental competente previo a la ejecución de las actividades. Además, las modificaciones realizadas tendrán que ser descritas en los informes de gestión y las auditorías ambientales.

En caso de que las actividades involucren áreas adicionales al área de implantación del proyecto, dentro del área regularizada, deberá presentar las actividades adicionales, sus posibles impactos, así mismos como las medidas de prevención y mitigación que se aplicarán.

Los componentes, requerimientos y procedimientos a los que se refiere el art. 477 del Reglamento al Código Orgánico del Ambiente, se definirán en la norma técnica emitida por la Autoridad Ambiental Nacional para el efecto.

Sin embargo, los operadores que cuenten con una autorización administrativa ambiental, y que desean realizar una modificación o ampliación de su proyecto, obra o actividad, deberán cumplir nuevamente con el proceso de regularización ambiental de acuerdo con lo establecido en el art. 176 del código orgánico del ambiente en los siguientes casos:

  • Cuando por sí sola, las características de la modificación constituyan un nuevo proyecto, obra o actividad.
  • Cuando los cambios en su actividad impliquen impactos o riesgos ambientales medios o altos que no hayan sido incluidos en la autorización administrativa correspondiente.
  • Cuando exista una ampliación que comprometa un área geográfica superior a la que fue aprobada o que se ubique en otro sector.

Importante: Para mayor información sobre los lineamientos para la inclusión de actividades, proyectos, obras y actividades regularizadas, consulta nuestra guía.

Preguntas Frecuentes

La información disponible del censo de población y vivienda es del año 2010, misma donde se podrá encontrar información sobre los resultados e información técnica en los siguientes enlaces:

  1. Las bases de datos disponibles para descarga se encuentran en el siguiente enlace.
  2. Para descarga gratuita del formato de lectura REDATAM para la base de datos disponibles en el siguiente enlace.
  3. En la página web del Sistema Nacional de Información (SNI) en el siguiente enlace.

Para la línea base del componente socioeconómico es la siguiente:

Para el área de influencia indirecta. – Aplica la Fase de investigación documental que consiste la revisión de varias fuentes oficiales como por ejemplo el INEC, SIISE, PDOT, SIN, etc.

Para el área de influencia directa. – Aplica la fase de investigación de campo que consiste en recopilar toda la información primaria por medio de encuestas, entrevistas a los actores sociales.

Para la determinación de áreas de influencias del componente socio económico es la siguiente:

  • El área de influencia directa se tiene que contar desde el espacio socio institucional de las interacciones directas entre los pobladores del sector que habita a los alrededores con el proyecto.
  • El área de influencia indirecta se tiene que contar a partir del espacio socio institucional de las interacciones indirectas de los pobladores que habitan fuera del área de influencia directa direccionándose a la parroquia donde se ubica el proyecto.

Se tiene que considerar la siguiente metodología:

  • Determinar la muestra poblacional de un universo total
  • Indicar el tipo de muestreo realizado

Nota: Existen dos tipos de muestreo que son el probabilístico y no probabilístico, en base al área del cual va levantar la información de campo, se aplica el tipo de muestreo.

Proceder a solicitar a la Dirección de ambiente mediante oficio, el uso POR ÚNICA VEZ del nuevo código a generarse que ya haya sido pagado en el proceso a ser archivado; indicando en dicho oficio cuál es el código que fue ya cancelado y al nuevo que quieren que se traspase el valor (Adjuntando el respectivo comprobante). Para esto deberán asegurarse de que toda la información nueva a registrarse en el nuevo código es la correcta.

Para registrar la firma electrónica del representante legal que figura en el ruc o de la persona natural registrada. Se deberá acceder al siguiente enlace.

En la ventana principal, se deberá acceder a la opción “Configuración de la firma electrónica”, donde se dispone de una guía para realizar los pasos pertinentes para la obtención de la misma

En el siguiente enlace, encontrará guía donde se explica el paso a paso para el registro de la información preliminar de un proyecto, obra o actividad en la plataforma SUIA.

Debe ingresar al siguiente enlace.

Acceder a la opción “REGÍSTRESE EN EL SISTEMA” y completar todos los campos requeridos.

Una vez se haya procedido a ingresar todos los datos en el sistema, aparecerá un mensaje de “USUARIO REGISTRADO”, por lo que se deberá acceder al correo electrónico registrado y verificar en la bandeja de entrada, correo no deseado o spam el respectivo link para la obtención de las credenciales de acceso al sistema.

En el siguiente enlace, encontrará guía donde explica el paso a paso a seguir para realizar el levantamiento y registro de coordenadas de proyectos, obras o actividades.

IMPORTANTE: Para los proyectos, obras o actividades calificados como de medio o alto impacto y riesgo ambiental y que aplica la presentación de un estudio de impacto ambiental, según el Art. 433 del Reglamento al Código Orgánico del Ambiente, deben elaborarse por consultores ambientales calificados y/o acreditados, los cuales dentro de sus equipos cuentan con profesionales especializado, que incluye perfil profesional para el levantamiento de la información cartográfica.

Nota importante: Los oficios deben ser presentados de manera digital a través de la ventanilla municipal virtual.