​DIRECCIÓN DE COMUNICACIÓN SOCIAL, PRENSA Y PUBLICIDAD

Dirección de Comunicación Social, Prensa y Publicidad

Misión

Informar veraz y oportunamente a la ciudadanía del cantón, de la gestión que cumple el Alcalde, la corporación edilicia y la administración municipal en su conjunto en beneficio de la comunidad, a través del desarrollo y ejecución de campañas informativas y educativas, aplicando estrategias publicitarias propias o con el apoyo de los medios de comunicación, a fin de fortalecer interna y externamente la imagen institucional.

Visión

Convertirse en un vínculo eficaz entre la corporación municipal y la comunidad guayaquileña, gracias a su política de comunicación que permita a la ciudadanía tener activa y d​​​ecisiva participación en el manejo del cabildo, para lo cual contará con todos los recursos tecnológicos y humanos que le permitan fortalecer e impulsar su misión así como los principios fundamentales institucionales.​

Funciones de la Dirección de Comunicación Social, Prensa y Publicidad

a. Planificar, programar, organizar y difundir la comunicación social referente a las actividades de la Municipalidad, del Concejo Municipal.

b. Promover y promocionar campañas educativas en base de lo dispuesto en las Ordenanzas municipales, con el objeto de desarrollar su conocimiento y fomentar su difusión.

c. Ejecutar las políticas que en materia informativa y de acción cívica se hayan adoptado por el Concejo Municipal o del Alcalde.

d. Elaborar material de información acorde con las políticas adoptadas por el Concejo Municipal o el Alcalde.

e. Colaborar y coordinar con las distintas Direcciones Municipales en la elaboración de estrategias publicitarias, ruedas de prensa y demás formas de comunicación colectiva, de tal manera que se mantenga una imagen armoniosa y coherente de todas las actividades realizadas por la Municipalidad.

f. Asesorar en el área de manejo de imagen, prensa y publicidad, a todas las dependencias y funcionaros municipales que le solicitaren.

g. Coordinar los actos civiles, culturales y sociales a los que asiste el Alcalde y velar porque se cumplan las reglas protocolarias.

h. Las demás encomendadas por las Ordenanzas, Reglamentos, Acuerdos y Resoluciones Municipales.​