Dirección Financiera
Misión
Administrar, gestionar y controlar las actividades financieras, con transparencia, eficiencia y eficacia en apego de las Leyes, Reglamentos, Ordenanzas, y demás normas y procedimientos legales técnicos vigentes sobre la materia, bajo una gestión de ética y calidad. Así como preparar el presupuesto que servirá de base para el desarrollo de las diversos proyectos que tiene la Entidad.
Visión
Procurar la eficiencia en la captación de ingresos con el fin de asegurar el cumplimiento de cada una de las metas Institucionales propuestas.
Funciones de la Dirección Financiera
- Administrar, planificar, coordinar y controlar las actividades financieras de la Municipalidad.
- Dirigir y ejecutar la administración tributaria municipal, de conformidad con la Codificación de la Ley Orgánica de Régimen Municipal, las leyes tributarias específicas, las ordenanzas, y demás normas y procedimientos legales y técnicos vigentes sobre la materia.
- Implantar los diferentes programas de Seguridad Industrial en las áreas que ameriten protección.
- Formular los flujos financieros de ingresos y en base a éstos elaborar los cupos de gastos por programa presupuestarios.
- Vigilar el movimiento rentístico, formular los catastros urbanos y expedir los correspondientes títulos de crédito para el cobro de impuestos y demás ingresos municipales.
- Verificar, liquidar y administrar la recaudación, aplicar e interpretar administrativamente los reglamentos sobre tributación expedidos por el Concejo y ejercer la jurisdicción coactiva para la recaudación de los impuestos municipales.
- Verificar las actividades presupuestarias que incluyen la formulación, administración y liquidación del presupuesto.
- Supervisar que las recaudaciones sean depositadas en forma intacta e inmediata.
- Participar en el proceso de contratación para la adquisición de bienes y servicios de acuerdo a las disposiciones de las respectivas Leyes y Reglamentos.
- Participar en avalúos, remates, bajas, transferencias y entregas – recepciones de los bienes de la entidad.
- Recomendar la contratación de créditos internos o externos para financiar operaciones o proyectos específicos.
- Controlar la correcta administración de fondos rotativos y cajas chica y autorizar su reposición y liquidación.
- Asegurar que los correspondientes estados y anexos financieros se elaboren y presenten oportunamente a los organismos públicos que por Ley corresponda.
- Someter a consideración del Alcalde y del Concejo los planes y programas de las actividades financieras para su aprobación.
- Solicitar al Alcalde las sanciones y multas a que haya lugar por incumplimientos de las obligaciones tributarias por parte de los contribuyentes.
- Recaudar y custodiar los fondos y efectuar los pagos.
- Autorizar la baja de especies incobrables.
- Elaborar y mantener al día estadísticas económicas y financieras
- Aplicar el principio de la separación de las funciones de caja y contabilidad
- Resolver los reclamos de los contribuyentes en materia tributaria
- La preintervención en su facultad y dentro de ella específicamente lo siguiente:
- Verificar la legitimidad de las órdenes de pago, las peticiones de fondos y el pago de los créditos que se requieran a la Municipalidad.
- Vigilar la ejecución contable del presupuesto y observar todo acto, contrato o registro contable que no se encuentre conforme a las normas legales y a la técnica contable.
- Objetar las órdenes de pago que encontrare ilegales o contrarias a las disposiciones reglamentarias o presupuestarias.
- Analizar los partes diarios de caja y enmendados si estuvieren equivocados y controlar la buen marcha de la Tesorería
22. Participar en la fijación y evaluación de las políticas económico – financieras.
23. Prestar asesoría a las áreas que así lo requieran en los temas de su competencia.
24. Coordinar actividades con las demás dependencias municipales o instituciones públicas o privadas, que cumplan funciones en el mismo ámbito.
25. Procurar el mejoramiento contínuo de los procesos de la Dirección.
26. Las demás que le asignare el Alcalde.