​DIRECCIÓN DE OBRAS PÚBLICAS​

Dirección de Obras Públicas

Misión

Programar y ejecutar obras de infraestructura que emprenda el GADM-G para beneficio de la comunidad, a través de la administración directa, contratación o concesión.

Funciones de la Dirección de Obras Públicas

  1. Planear y programar las obras públicas locales necesarias para la realización de los proyectos de desarrollo físico cantonal y de los planes reguladores de desarrollo urbano del cantón.
  2. Coordinar con las empresas públicas y privadas responsables de la prestación de servicios públicos, la ejecución de trabajos que impliquen rotura de calles y de aceras en los diferentes sectores del cantón.
  3. Realizar el seguimiento a la ejecución de las obras programadas por administración directa, contratación o concesión.
  4. Realizar el seguimiento a la ejecución de las obras programadas por la Unidad de Infraestructura Comunitaria.
  5. Realizar el seguimiento, a través de las áreas y departamentos pertinentes de la dirección acerca del avance de obras y realizar las gestiones necesarias para la resolución de los problemas que se presenten, en cuanto a su ejecución, así como, en la parte instrumental contractual, a efectos de contar oportunamente con las adendas, complementarios, modificatorios, ordenes de trabajo, diferencia de cantidades, suspensiones o prorrogas de plazo y cualquier otro acto instrumental contractual.
  6. Realizar las gestiones para la apertura, conservación y mantenimiento de los caminos que no hayan sido declarados de carácter nacional, y rectificar, ensanchar y mantener caminos vecinales ubicados en el cantón.
  7. Realizar las gestiones para el cuidar que las vías públicas se encuentren libres de obstáculos que las deterioren o estorben su libre uso, y proporcionen lugares apropiados para el estacionamiento de vehículos.
  8. Coordinar con las direcciones municipales y personas naturales o jurídicas que correspondan, la implementación y monitoreo del sistema de túneles que compete al GADM-G.
  9. Coordinar y ejecutar, según corresponda, el mantenimiento preventivo y correctivo de los bienes, equipos y sistemas eléctricos municipales, instalados en lugares públicos.
  10. Cumplir con las demás funciones determinadas en leyes, ordenanzas y reglamentos correspondientes; así como las que administrativamente dispusiere la Máxima Autoridad