QUE, el Art. 310 de la Codificación de la Ley Orgánica de Régimen Municipal, faculta a los concejos cantonales para que mediante la expedición de una Ordenanza se otorgue la disminución de hasta un 95% de los valores que correspondan cancelar a los diferentes sujetos pasivos de los tributos establecidos en dicha Ley, con el objeto de estimular entre otras actividades, el desarrollo de la construcción, con un plazo máximo de duración que no exceda de diez años.
- Formulario de postulación, conforme el Anexo 1 de la presente Ordenanza de Reconocimientos Ambientales;
- Copia simple de la cédula de ciudadanía o el RUC
- Copia simple del nombramiento y de la cédula de ciudadanía del representante legal, para el caso de personas jurídicas.
- Carta de autorización para la postulación, debidamente suscrita por el representante legal de la empresa para el caso de personas jurídicas
- Copia de permisos vigentes, según corresponda;
- Para las postulaciones grupales, comunicación suscrita por los postulantes en la que se designe la persona que receptará las comunicaciones posteriores y los fondos, en caso de resultar ganadores.