Que la Ordenanza de Explotación de Canteras y Movimiento de Tierras, en normal vigencia, contiene disposiciones que en la práctica son improcedentes y otras que están en desacuerdo con la realidad; y, que es necesario dictar normas que hagan factible su aplicación y poder así llevar un control exacto sobre los mismos.
- Formulario de postulación, conforme el Anexo 1 de la presente Ordenanza de Reconocimientos Ambientales;
- Copia simple de la cédula de ciudadanía o el RUC
- Copia simple del nombramiento y de la cédula de ciudadanía del representante legal, para el caso de personas jurídicas.
- Carta de autorización para la postulación, debidamente suscrita por el representante legal de la empresa para el caso de personas jurídicas
- Copia de permisos vigentes, según corresponda;
- Para las postulaciones grupales, comunicación suscrita por los postulantes en la que se designe la persona que receptará las comunicaciones posteriores y los fondos, en caso de resultar ganadores.