Que, el M.I. Concejo Cantonal de Guayaquil, en sesiones ordinarias del 16 de marzo y 6 de abril de 1995, aprobó y expidió la Ordenanza de Gasolineras y Estaciones de Servicios, debiéndose reformar su Art. 72 y derogar el numeral 1.4.3 de su anexo No. 1. Por contener errores de buena fe, que tienen que subsanarse.
- Formulario de postulación, conforme el Anexo 1 de la presente Ordenanza de Reconocimientos Ambientales;
- Copia simple de la cédula de ciudadanía o el RUC
- Copia simple del nombramiento y de la cédula de ciudadanía del representante legal, para el caso de personas jurídicas.
- Carta de autorización para la postulación, debidamente suscrita por el representante legal de la empresa para el caso de personas jurídicas
- Copia de permisos vigentes, según corresponda;
- Para las postulaciones grupales, comunicación suscrita por los postulantes en la que se designe la persona que receptará las comunicaciones posteriores y los fondos, en caso de resultar ganadores.